LISTA
CIVICA

REQUISITO PARA CONFORMAR UNA LISTA CIVICA

Son similares en toda la República Argentina. Aquellos que puedan aportar mas datos o las correcciones que sean necesarias por favor remitir a


LISTAS CÍVICAS municipales:


Requerir en cada municipio :


  • Formulario alta modificación autoridades partidarias 
  • Formulario alta modificación datos partidarios 

Son aquellos que postulan candidatos a Intendentes y Concejales del municipio que pertenecen.


Requisitos para su reconocimiento:

  • Solicitud ante el Tribunal Electoral de la Provincia.
  • Acta de fundación y constitución conteniendo: 
  • Nombre y domicilio del Partido 
  • Autoridades de la Junta promotoras 
  • Designación de Apoderados 
  • Declaración de Principios, 
  • Carta orgánica 
  • Bases de acción política. 
  • Planilla de Adhesiones 
  • 50 adhesiones de electores inscriptos en el municipio 
  • Nombre y apellido (de soltera). 
  • Domicilio (el del DNI) 
  • Matrícula. 
  • Firma 
Las planillas de adhesiones deberán estar firmadas al pie de las mismas por las autoridades de la junto promotora como así también el resto de la documental acompañada.

  • Se autoriza a iniciar la afiliación. 
  • Se deberán entregar al tribunal electoral dos sellos de goma con el nombre del partido y la categoría. 
  • Afiliación mediante fichas entregadas por el Tribunal Electoral(4 0/00 (cuatro por mil) del padrón para partido municipal) 
  • Audiencia de Reconocimiento. 
  • Nombre del partido.


El nombre es adoptado en el acto de constitución del partido, es aprobado por el Tribunal Electoral de la Provincia así como su cambio o modificación.



No debe contener:

  • Designaciones personales. 
  • Provocar confusión material o ideológica. 
  • Formarse con vocablos o suspensión de vocablos correspondientes a los nombres de partidos reconocidos. 
  • Vocablos como: comunal,municipal, provincial, argentino, nacional o internacional o sus derivados 

Domicilio: 

  • El apoderado deberá constituir domicilio legal dentro del Radio de Notificaciones. 
  • Denunciar domicilio partidario en el municipio. 
  • En caso de cambio de domicilio denunciarlo en el Tribunal Electoral. 


Afiliaciones 


Se debe entregar fichas por triplicado al Tribunal Electoral de la Provincia.
Las fichas contendrán los siguientes datos:

  • Nombre y apellido. 
  • Domicilio. 
  • Matrícula. 
  • Clase. 
  • Estado Civil. 
  • Profesión u oficio. 
  • Firma o impresión digital certificada. 
  • Firma de la Autoridad Partidaria. 
  • Certificación de Firma por autoridad partidaria o apoderados. 
  • Fecha de afiliación. 

Requisitos para ser Afiliados:

  • Domiciliado en el municipio al que pertenece el partido. 
  • D.N.I /L.C / L.E. 
  • No estar excluido del Registro de Electores. 
  • No ser personal superior o subalterno de las Fuerzas Armadas. 
  • No ser personal superior o subalterno de las Fuerzas de Seguridad. 
  • No ser Magistrado o Funcionario del Poder Judicial Nacional o Provincial y de los Tribunales Municipales de faltas. 
  • La afiliación a un partido implicará la renuncia automática a una afiliación anterior y su extinción. 
  • No implica doble afiliación una afiliación a un partido provincial y otra afiliación a un partido municipal. 

LISTAS CÍVICAS provinciales


Son aquellos que postula todas las categorías provinciales.
Requisitos para su reconocimiento:

  • Solicitud ante el Tribunal Electoral de la Provincia 
  • Acta de fundación y constitución conteniendo: 
  • Nombre y domicilio del Partido 
  • Autoridades de la Junta promotoras 
  • Designación de Apoderados 
  • Declaración de Principios, 
  • Carta orgánica 
  • Bases de acción política. 

Planilla de Adhesiones 

200 adhesiones de electores inscriptos en la Provincia 

  • Nombre y apellido (de soltera). 
  • Domicilio (el del DNI) 
  • Matrícula. 
  • Firma 


Las planillas de adhesiones deberán estar firmadas al pie de las mismas por las autoridades de la junto promotora como así también el resto de la documental acompañada.

  • Se autoriza a iniciar la afiliación. 
  • Se deberán entregar al tribunal electoral dos sellos de goma con el nombre del partido y la categoría. 
  • Afiliación mediante fichas entregadas por el Tribunal Electoral (800 afiliaciones para partido Provincial ) 
  • Audiencia de Reconocimiento 

Nombre del partido o Lista Cívica

El nombre es adoptado en el acto de constitución del partido, es aprobado por el Tribunal Electoral de la Provincia así como su cambio o modificación. 
No debe contener: 

  • Designaciones personales. 
  • Provocar confusión material o ideológica. 
  • Formarse con vocablos o suspensión de vocablos correspondientes a los nombres de partidos reconocidos. 
  • Vocablos como: comunal,municipal, provincial, argentino, nacional o internacional o sus derivados 

Domicilio:


  • El apoderado deberá constituir domicilio legal dentro del Radio de Notificaciones. 
  • Denunciar domicilio partidario en el municipio. 
  • En caso de cambio de domicilio denunciarlo en el Tribunal Electoral. 

Afiliaciones 


Se debe entregar fichas por triplicado al Tribunal Electoral de la Provincia. 

Las fichas contendrán los siguientes datos:

  • Nombre y apellido. 
  • Domicilio. 
  • Matrícula. 
  • Clase. 
  • Estado Civil. 
  • Profesión u oficio. 
  • Firma o impresión digital certificada. 
  • Firma de la Autoridad Partidaria. 
  • Certificación de Firma por autoridad partidaria o apoderados. 
  • Fecha de afiliación. 

Requisitos para ser Afiliados 

  • Domiciliado en el municipio al que pertenece el partido. 
  • D.N.I /L.C / L.E. 
  • No estar excluido del Registro de Electores. 
  • No ser personal superior o subalterno de las Fuerzas Armadas. 
  • No ser personal superior o subalterno de las Fuerzas de Seguridad. 
  • No ser Magistrado o Funcionario del Poder Judicial Nacional o Provincial y de los Tribunales Municipales de faltas. 
  • La afiliación a un partido implicará la renuncia automática a una afiliación anterior y su extinción. 


No implica doble afiliación una afiliación a un partido provincial y otra afiliación a un partido municipal.

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